Seguridad para la biotecnología: ¿hasta dónde avanza la identificación?

Lun, 23/02/2004 - 11:26
Por FAUBA

La entrada en vigor del Protocolo de Cartagena instaura un sistema legal internacional en seguridad para la biotecnología que afectará las relaciones comerciales entre los países. La ingeniera agrónoma y docente de la FAUBA Carmen Vicién analiza los puntos álgidos del tratado y los posibles impactos de su implementación para la Argentina.

El Convenio sobre la Diversidad Biológica, firmado en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro (junio de 1992) indica en su Artículo 19.3.: "Las Partes estudiarán la necesidad y las modalidades de un protocolo que establezca procedimientos adecuados, incluido en particular, el acuerdo fundamentado previo, en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización de cualesquiera organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica."

Para lograr un documento legalmente vinculante que regulara el movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados (OVMs) se realizaron numerosas negociaciones. En la II Conferencia de las Partes (COP II) en Jakarta (Indonesia), noviembre de 1995, se aprobó iniciar un proceso de negociación. Además, la COP II decidió establecer un Grupo de Trabajo de Composición Abierta de Expertos en Bioseguridad con el objeto de desarrollar las modalidades y elementos de un protocolo legalmente vinculante. Las tareas del Grupo de Trabajo debían concluirse en 1998 para permitir a la COP aprobarlo antes del 2000.

La primera reunión del Grupo de Trabajo se realizó en Aarhus (Dinamarca) en julio de 1996, continuándose luego en Montreal (Canadá) durante mayo y octubre de 1997, y febrero y agosto de 1998.

La sexta y última reunión del Grupo de Trabajo sobre Bioseguridad se realizó del 14 al 22 de febrero de 1999, en Cartagena de Indias (Colombia), con más de 600 participantes de 138 países, con el propósito de acordar el texto del Protocolo sobre Seguridad para la Biotecnología. Sin embargo, ni el Grupo de Trabajo ni la sesión especial de la Conferencia de las Partes, reunida del 22 al 23 de febrero de 1999, pudieron lograr el consenso necesario para su aprobación. El conflicto se centró en el ámbito del Acuerdo Fundamentado Previo debido a que éste incluía no sólo a los organismos vivos modificados para cultivo, reproducción y multiplicación, sino también a los OVM's destinados a uso directo, como alimento, forraje o procesamiento.

Finalmente, en la reunión efectuada en Montreal entre el 20 y el 29 de enero de 2000, al cabo de cinco años, los representantes de 130 gobiernos finalizaron un acuerdo legalmente vinculante, para proteger el ambiente de los potenciales riesgos que podría ocasionar el movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados obtenidos mediante la biotecnología moderna: el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.

Objetivo del Protocolo:

"Contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación, liberación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos".

Con posterioridad, desde el año 2000, el Comité Intergubernamental para la Implementación del Protocolo de Cartagena (ICCP) y los expertos trataron aspectos necesarios para su aplicación y se reunieron en Montpellier, Nairobi, La Haya, París, Beijing, Yaounde, Nitra, Lima, La Habana, Roma y Montreal.

El Protocolo entró en vigor el 11 de septiembre del 2003; 90 días después de la ratificación por parte del Estado número 50, la República de Palau, el 13 de junio de 2003.

Al 3 de enero del 2004, 78 instrumentos de ratificación han sido presentados ante el Secretario General de las Naciones Unidas; correspondiendo 19 a países africanos, 18 a países de Asia y el Pacífico; 12 a los del Centro y Este de Europa, 15 a países de América Latina y el Caribe (entre ellos, Brasil) y 14 a países del resto de Europa (incluyendo la Comunidad Europea).

La Primera Reunión de las Partes para el Protocolo (COP/MOP) tendrá lugar en Malasia entre el 23 y el 27 de febrero próximo.

Consecuencias para el comercio

La entrada en vigor del Protocolo implica que será legalmente vinculante en el sistema internacional y en los sistemas legales de los Estados que lo hayan ratificado; para lo cual los países deben implementar todas las provisiones que allí se establecen.

Así, los países que envíen organismos vivos modificados para su introducción intencional en el ambiente deben notificar previamente al país importador que sea Parte del Protocolo, bajo el procedimiento conocido como Acuerdo Fundamentado Previo, y proveer suficiente información en el primer embarque, que permita tomar una decisión informada. En otras palabras, estos embarques deben ir acompañados por documentación para la identificación y caracterización del organismo vivo modificado.

A su vez, los embarques que contengan organismos vivos modificados destinados a su uso directo como alimentos, forraje o procesamiento deben ser identificados con documentación que los acompañe indicando que "pueden llegar a contener" organismos vivos modificados y además que "no está destinado para su introducción intencional en el ambiente".

A las Partes se les solicita usar el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (Biosafety Clearing House - BCH), al cual debe brindarse información referida a legislación nacional sobre bioseguridad; resúmenes de las evaluaciones de riesgo y de las decisiones finales de autorización de la comercialización de los organismos vivos modificados, incluyendo los fundamentos de las decisiones alcanzadas. También a cada Parte que apruebe un organismo vivo modificado para uso doméstico y comercialización con destino al consumo, forraje o procesamiento, y que pueda ser exportado, se requiere que su decisión y los detalles sobre el organismo autorizado sean comunicados mundialmente a través de la BCH.

¿Cómo fue el proceso de la negociación?

"En las etapas iniciales de la negociación del texto del Protocolo se consideró que en los movimientos transfronterizos los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna debían ser acompañados por una notificación que contuviera, entre otros, el nombre del importador / exportador, el nombre del organismo vivo modificado y sus usos, la descripción de la modificación y de la técnica usada, la taxonomía, los organismos parentales y un informe de la evaluación de riesgo. La idea era que los países tuvieran información que les permitiera decidir acerca de la conveniencia o no de la introducción de un determinado organismo vivo modificado en el ambiente. Sin embargo, el proceso de notificación cobró mayor dimensión, ya que posteriormente se incluyó: (1) un procedimiento para los denominados "organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano, animal o procesamiento", en otras palabras, los commodities, y, (2) la identificación de los embarques.

De tal forma, a medida que se avanzaba en la negociación fueron tratados otros temas que trascendieron la esfera técnica y provocaron un debate en la opinión pública que involucró a empresas, medios de comunicación, organismos públicos y privados", destaca la ingeniera agrónoma y docente de la FAUBA Carmen Vicién, quien hasta el 2000 se desempeñó como coordinadora técnica de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, que actuaba colaborando con la Cancillería en los aspectos técnicos de la negociación.

"Un proceso que en sus comienzos, por la complejidad del tema y sus consecuencias, parecía restringido a expertos pasó a instalarse en el seno de la sociedad. Durante toda la negociación del Protocolo esa situación se percibió fuertemente, hubo un aparente cambio de visión acerca de las metas a alcanzar en la negociación y, como consecuencia, fueron incorporándose temas, tales como el procedimiento para los commodities. Este aspecto generó un conflicto muy grande, sobre todo en países agro-exportadores como la Argentina, fundamentalmente porque las derivaciones no resultaban del todo claras. Si se analizan las normas que hacen a la liberación al medio de organismos genéticamente modificados, la Argentina las posee desde el año 1991 y esas normas se han aplicado. Todas las liberaciones al medio autorizadas en el país, se hicieron sobre la base de regulaciones que son muy similares y, en algunos casos, aún más exigentes que las de otros países. El problema es que el Protocolo avanzó sobre áreas que tenían que ver con el comercio de alimentos, con argumentos más o menos valederos: que los países en vías de desarrollo no tenían normas, que en muchos casos no se distinguía la semilla del grano, y así muchos otros argumentos que en algunos casos eran comprensibles y en otros trasuntan trabas de tipo comercial. Cada país trató de defender su posición, se armaron grupos de negociación y cada uno presionó en favor de sus propios intereses.

La dificultad central era el pretender aplicar a los granos un procedimiento similar al Acuerdo Informado Previo empleado para la liberación de organismos vivos modificados. Este supone la elaboración de una descripción del OGM, del lugar dónde se va liberar, la evaluación del riesgo potencial de la introducción en ese ambiente, para luego proceder a la aceptación o rechazo de la solicitud. Ello podría haber conducido a bloquear el comercio de granos en el mundo. Cada evaluación del riesgo potencial y la posterior autorización de liberar un OGM en un determinado ambiente constituye algo muy específico; mientras que en los embarques de granos se consideran grandes aglomerados. La escala del análisis es completamente diferente".

¿Cuál ha sido la posición de la Argentina?

"La Argentina siempre consideró que debían existir normas que regularan la introducción de los OGM en el ambiente y, por otro lado, que era básico que todos los países desarrollaran marcos regulatorios y tuvieran órganos responsables idóneos para su implementación. La posición de la Argentina siempre ha sido muy técnica y estaba de acuerdo con la norma cuando se refería al movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados, pero cuando entra todo lo que tiene que ver con los granos, los commodities en sentido general, que eran los OGM destinados a consumo directo, uso para forrajes o procesamiento, la Argentina no tuvo una posición favorable a ello porque consideraba que era forzar la idea original del Protocolo. Se iba a cuestiones que involucraban la producción agropecuaria directamente cómo es el caso de la identificación de los embarques, tema cuyo alcance aún sigue en discusión".

¿Cómo actuaron otros países?

"La Unión Europea acuerda el Protocolo en Montreal el 29 de enero y el 2 de febrero se publica la Comunicación de la Comisión sobre el recurso al principio precautorio. Por el contrario, otros países siempre consideraron que no serían Parte del Protocolo y en tal sentido actuaron durante la negociación y aún hoy. Lo cual indica que muchos países, con posiciones definidas en el tema, volcaron en la discusión internacional la resolución de los conflictos internos existentes en el seno de su sociedad".

¿En qué derivaron las negociaciones?

"En un texto muy complicado. El problema fundamental resulta la vaguedad del texto del Protocolo, así como las interpretaciones legales que de él surgen. La Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza junto con FIELD llevó adelante el desarrollo de una Guía Explicativa del Protocolo de alrededor de 300 páginas. Pero además los países deben contar con cuerpos técnicos suficientemente capacitados para interpretar e implementar las normas; lo cual requiere de habilidades diversas, gente con formación y experiencia en distintas disciplinas."

"Creo que al presente hay muchas cuestiones que hacen a la real implementación del protocolo que todavía no son claras porque son de libre interpretación, sumado al hecho que tal como indican Álvaro Ramos y Cristina Vaz "la biotecnología posee una presencia virtual en las agendas de negociación comercial internacional". En otras palabras, sólo están presentes los conflictos y las distorsiones en las relaciones comerciales; las limitaciones a las oportunidades de inversión, generadas a partir de la inseguridad jurídica que provocan estos conflictos sin resolver; las fuertes asimetrías en materia de poder negociador, especialmente entre los países desarrollados y sus empresas y los países en desarrollo, al momento de sentar las bases tanto para los acuerdos de libre comercio, como de integración económica. Basta con pensar que los asuntos vinculados con los productos de la biotecnología se debaten en foros internacionales tan diversos tales como la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización Mundial de la Salud, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo, la Unión Internacional para la Protección de Obtentores Vegetales, los órganos de la Organización Mundial del Comercio, el Codex Alimentarius y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria".

¿Qué impacto podría tener para el país la puesta en vigor del Protocolo?

"La clave de su impacto sobre los mercados internacionales dependerá de las negociaciones que están siendo llevadas a cabo en la actualidad y de la formalización de acuerdos que permitan lograr una armonización más detallada y técnicamente sólida de las normas de bioseguridad en el ámbito internacional. De allí surge que el desafío es la armonización de normas, que no consiste en imponer las normas a otro, sino en llegar a consensos acerca de ciertas cuestiones básicas. Se trata de poner en claro cuestiones que al implementarse puedan tornarse discrecionales o subjetivas; sobretodo teniendo en cuenta que las relaciones entre la Organización Mundial del Comercio y los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente no han sido resueltas y pueden surgir nuevas divergencias comerciales por la importación-exportación de organismos vivos modificados".

Sobre el autor

Facultad de Agronomía - Universidad de Buenos Aires